martes, 2 de febrero de 2010

La casta

Usted tendrá que cotizar 35 años para cobrar una pensión; ellos, apenas 7
Si tiene menos de 51 años, usted se jubilará a los 67. Eso siempre y cuando haya cotizado durante 35 años. Los españoles nacidos entre mediados de los 50 y los 70 serán los paganos pues tendrán que cotizar más años para poder cobrar el 100% de sus pensiones. La casta política lo tendrá mucho más fácil: les basta con jurar el cargo y acumular siete años de ejercicio para poder obtener la pensión máxima de jubilación.


Las pensiones peligran pero los políticos no están dispuestos a desprenderse de sus prebendas. No contemplan otra medida de austeridad que no sea exigirles a los españoles trabajar dos años más para cobrar menos de sus pensiones.

Según publica el portal de finanzas Invertia, estos son los escandalosos privilegios de los que goza la casta política mientras los españoles pagan de su bolsillo los platos rotos de la política de despilfarro de Zapatero.

SUMAR HASTA TRES PENSIONES

Para los altos cargos institucionales (ministros, diputados, secrearios de Estado, etc) existe la posibilidad de compatibilizar dos y hasta tres tipos de pensiones como recompensa por el arduo trabajo realizado.

El españolito de a pie nunca podrá percibir dos salarios del erario público, el ministro, el senador, diputado, secretario, etc…, podrán percibir dos y tres salarios.

Todos los contribuyentes deben tributar por sus ingresos, pero un tercio del sueldo de los diputados o senadores no está sujeto a IRPF porque se considera como indemnización para gastos de su cargo.


PENSIÓN PARLAMENTARIA


Todos nosotros debemos cotizar durante 35 años para cobrar la totalidad de la base reguladora de la pensión a la que tengamos derecho, sin embargo a los miembros del Gobierno les basta con jurar el cargo y acumular siete años de ejercicio para poder obtener la pensión máxima
de jubilación.


INDEMNIZACIÓN POR CESE


Cuando el ministro cesa en su cargo, tendrá derecho a una indemnización del 80% de su salario hasta dos años como máximo y tal percibo de cantidades la podrá compaginar con la remuneración por diputado o senador y cuando cese en el cargo de diputado o senador también tendrá derecho a una indemnización por cese que será una mensualidad por año de cargo y además tendrá asegurada la base máxima de la pensión de jubilación si ha estado en el cargo parlamentario al menos siete años.


Fuente: Periodista Digital.

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